El denominado permiso de residencia por arraigo se refieren a aquellos que pueden ser por un arraigo social, laboral o familiar, y cada caso tiene sus particularidades y características.
La residencia por arraigo social la suelen solicitar aquellas personas que acreditan una estancia en este país de cómo mínimo 3 años, debido a que han conseguido un contrato de trabajo o porque tienen familiares que están viviendo aquí de forma legal y regular.
Por otra parte el arraigo laboral son los permisos de residencia temporal siempre y cuando se demuestren ciertas circunstancias como la permanencia continuada durante al menos dos años, no tener antecedentes penales y acreditar siempre la relación laboral con este país y que tenga una duración como mínimo de seis meses.
En cuanto al permiso por arraigo familiar, es el que permite la residencia temporal en España a aquellos padres y madres extranjeros pero con un menor a su cargo con nacionalidad española, ya sea porque haya nacido aquí o por otro motivo.
Si necesitas asesoramiento legal sobre el permiso de residencia por arraigo, ya sea social, laboral o familiar puedes consultarnos en nuestras oficinas de Madrid .
Contamos con abogados expertos en Extranjería con más de 15 años de experiencia en el campo de la tramitación y solicitud de distintos permisos de residencia por arraigo. Llámanos y te atendermos con profesionalidad y rapidez.
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SOBRE NOSOTROS:
María Concepción Lorenzo. Con número de colegiado: 71256 del ilustre colegio de abogados de Madrid. Licenciada en Derecho con más de 15 años de experiencia en derecho penal y civil. Especializada en tramitación de solicitud de nacionalidad española.
kashif
diciembre 9, 2014 at 6:41 pmhola,soy kashif.
Buenas Sra Abogada
una pregunta porfavor tengo dos años y diez meses de empadronamiento y ahora yo quiero cambiar el domicilio y empadronamiento.después de dos meses yo voy a pedir arraigo social quiero preguntar que no hay ningún problema para cambiar el empadronamiento.saludo cordial gracias.
mary
noviembre 2, 2014 at 2:47 amHola :
soy colombiana y tengo un hijo que trabaja con el ministerio de la defensa ,hace 10 años. el quiere reagruparme por arraigo familiar.
Solo creo que tengo un problema con antesedentes penales,teniendo yo ese problema el puede empezar los tramites de solicitud.
Agradezco la imformacion que pueda prestarme.
abogadoextranjeros
noviembre 3, 2014 at 8:37 pmPrimero hay que cancelar los antecedentes penales
Llámame al 699231859 para poder estudiar tu caso detenidamente
Junior
octubre 7, 2014 at 5:34 amBuenas Sra Abogada
mi consulta es como puedo conseguir un contrato de trabajo
y poder ir a españa , nose si un abogado , puede conseguirme uno y cuando me estaria constado o algo que pueda ayudarme a sacar mi visa y asi tramitarla aqui en peru.
abogadoextranjeros
octubre 9, 2014 at 12:27 pmHola Junior, el contrato de trabajo lo tienes que buscar tu